I N T I - I L L I M A N I (histórico)
Es de todos conocido que quienes integraban el conjunto Inti Illimani mantienen un conflicto desde hace tres años, relacionado con la sociedad legal que conformaron. Este tiene su origen en una división artística que hizo crisis al surgir, producto de estas diferencias, dos Grupos Inti Illimani. Uno, formado por tres de sus seis integrantes originales, Horacio Salinas, José Seves y Horacio Durán, reconocidos por todos como el eje histórico creativo y que le dio identidad al grupo. El otro formado solo por los hermanos Jorge y Marcelo Coulon. Esta división está siendo discutida, desde hace dos años, ante el Árbitro don Roberto Garretón Merino, elegido de común acuerdo por todos al constituirse la sociedad Creaciones Musicales Inti Illimani Limitada, quién fue ratificado expresamente al ser convocado por ambas formaciones para resolver, sin forma de juicio ni ulterior recurso, entre otros temas, la discordia sobre el uso de la marca o nombre.
El Grupo de los hermanos Coulon realiza sus actividades en el marco de un Contrato de Arrendamiento NO EXCLUSIVO de la marca ‘Inti Illimani’, con la sociedad formada por el conjunto original, cuyos únicos y exclusivos co-administradores son, el propio Jorge Coulon, y Horacio Durán. Este Contrato tiene un plazo de dos años que fue renovándose automáticamente, pese a que uno de los administradores, Horacio Duran, manifestó hace dos años la voluntad de ponerle fin, siguiendo el deseo y mandato de la mayoría de los socios, por cierto con la excepción de los hermanos Coulon. Así, el pretendido uso exclusivo que la formación de los hermanos Coulon invoca sobre el nombre de su conjunto se basa -única y exclusivamente- en una arbitrariedad de Jorge Coulon, que – de hecho- se niega a dejar sin efecto un contrato vencido, contra la opinión de la mayoría de sus socios, para favorecer su beneficio personal, en contra del de la sociedad que co-administra.
Entre las varias resoluciones dictadas por el Árbitro, se encuentra una relacionada con el uso del nombre o marca por cada uno de los conjuntos que se presentan actualmente, debido al problema que esto causaba. Es así que, acogiendo plenamente la sugerencia de Max Berrú, uno de los miembros originales que no integra ninguno de los dos Grupos, determinó que el de los hermanos Coulón asumiera el nombre de Nuevo Inti Illimani y los restantes el de Inti Illimani Histórico. Cabe repetir y destacar que el arrendamiento de la marca señala expresamente que su uso NO ES EXCLUSIVO de los arrendatarios.
El fallo de la Corte de Apelaciones que dejó sin efecto la resolución arbitral sobre el uso del nombre por parte de ambos grupos, recae sobre un recurso de protección presentado por los integrantes del “Nuevo” Inti Illimani, Manuel Meriño y Christián González - jóvenes que nacieron cuando el Inti-Illimani llevaba más de 8 años cantando - porque consideran que afecta sus intereses comerciales. Creemos que es precisamente en esto donde se expresa la principal confusión artística de Jorge Coulon y su Grupo. ¿Puede alguien pensar en la existencia de un Inti Illimani sin Salinas, Seves y Durán? ¿Puede alguien pensar que un Inti-Illimani formado por quien ha sido su Director artístico y compositor durante los casi cuarenta años de existencia y por quienes le dieron vida componiendo, creando y realizando los arreglos que otorgaron identidad musical al Grupo y que es reconocido en el mundo entero por su sólo sonido, es lo mismo que un Inti-Illimani formado sólo por noveles intérpretes de esa música? La calidad de Inti Illimani está dada precisamente por quienes crearon esa música, que ha pasado a ser historia en Latinoamérica. Por eso es interpretada por muchos, pero ninguno de ellos, por muy buen intérprete que sea, puede arrogarse o auto asignarse la identidad del Grupo.
Los Inti Illimani Históricos no se oponen a que los Nuevos existan, ni a que se interprete su música. Pero, ¿Por qué Jorge Coulon y su grupo se oponen a que loscreadores de la música que da identidad al Inti Illimani interpreten sus propias canciones? ¿Por qué Horacio Salinas, Horacio Durán y José Seves no podrían interpretar como Inti Illimani el Mercado de Testaccio, Alturas, Danza di Calaluna, Cándidos, Samba Landó, Un son para Portinari, Mi chiquita, Vuelvo y muchas otras? ¡Ellos han sido sus compositores y arregladores! Hay más de 100 composiciones que están en el inconsciente colectivo de los amantes de esta música.
El Grupo de los hermanos Coulon realiza sus actividades en el marco de un Contrato de Arrendamiento NO EXCLUSIVO de la marca ‘Inti Illimani’, con la sociedad formada por el conjunto original, cuyos únicos y exclusivos co-administradores son, el propio Jorge Coulon, y Horacio Durán. Este Contrato tiene un plazo de dos años que fue renovándose automáticamente, pese a que uno de los administradores, Horacio Duran, manifestó hace dos años la voluntad de ponerle fin, siguiendo el deseo y mandato de la mayoría de los socios, por cierto con la excepción de los hermanos Coulon. Así, el pretendido uso exclusivo que la formación de los hermanos Coulon invoca sobre el nombre de su conjunto se basa -única y exclusivamente- en una arbitrariedad de Jorge Coulon, que – de hecho- se niega a dejar sin efecto un contrato vencido, contra la opinión de la mayoría de sus socios, para favorecer su beneficio personal, en contra del de la sociedad que co-administra.
Entre las varias resoluciones dictadas por el Árbitro, se encuentra una relacionada con el uso del nombre o marca por cada uno de los conjuntos que se presentan actualmente, debido al problema que esto causaba. Es así que, acogiendo plenamente la sugerencia de Max Berrú, uno de los miembros originales que no integra ninguno de los dos Grupos, determinó que el de los hermanos Coulón asumiera el nombre de Nuevo Inti Illimani y los restantes el de Inti Illimani Histórico. Cabe repetir y destacar que el arrendamiento de la marca señala expresamente que su uso NO ES EXCLUSIVO de los arrendatarios.
El fallo de la Corte de Apelaciones que dejó sin efecto la resolución arbitral sobre el uso del nombre por parte de ambos grupos, recae sobre un recurso de protección presentado por los integrantes del “Nuevo” Inti Illimani, Manuel Meriño y Christián González - jóvenes que nacieron cuando el Inti-Illimani llevaba más de 8 años cantando - porque consideran que afecta sus intereses comerciales. Creemos que es precisamente en esto donde se expresa la principal confusión artística de Jorge Coulon y su Grupo. ¿Puede alguien pensar en la existencia de un Inti Illimani sin Salinas, Seves y Durán? ¿Puede alguien pensar que un Inti-Illimani formado por quien ha sido su Director artístico y compositor durante los casi cuarenta años de existencia y por quienes le dieron vida componiendo, creando y realizando los arreglos que otorgaron identidad musical al Grupo y que es reconocido en el mundo entero por su sólo sonido, es lo mismo que un Inti-Illimani formado sólo por noveles intérpretes de esa música? La calidad de Inti Illimani está dada precisamente por quienes crearon esa música, que ha pasado a ser historia en Latinoamérica. Por eso es interpretada por muchos, pero ninguno de ellos, por muy buen intérprete que sea, puede arrogarse o auto asignarse la identidad del Grupo.
Los Inti Illimani Históricos no se oponen a que los Nuevos existan, ni a que se interprete su música. Pero, ¿Por qué Jorge Coulon y su grupo se oponen a que loscreadores de la música que da identidad al Inti Illimani interpreten sus propias canciones? ¿Por qué Horacio Salinas, Horacio Durán y José Seves no podrían interpretar como Inti Illimani el Mercado de Testaccio, Alturas, Danza di Calaluna, Cándidos, Samba Landó, Un son para Portinari, Mi chiquita, Vuelvo y muchas otras? ¡Ellos han sido sus compositores y arregladores! Hay más de 100 composiciones que están en el inconsciente colectivo de los amantes de esta música.
Por otro lado, parece absurdo que el Grupo de los hermanos Coulon agreda y desprestigie a Salinas, Durán y Seves y, al mismo tiempo, interprete sus creaciones. Creemos que ahí está el centro del problema para ellos: no hay más interés que el puramente comercial. No es así para el Inti Illimani histórico, que defiende la identidad artística y musical del Grupo. ¿No sería mejor para los ‘Nuevos’ adquirir una mayor libertad estético-musical y no verse obligados a tocar temas de Salinas y Seves para invocar que también son Inti Illimani?
El fallo de la Corte de Apelaciones no es sentencia ejecutoriada y ha sido apelado por los abogados de Salinas, Durán y Seves y por el propio señor Árbitro. Por lo tanto, será la Corte Suprema quien resuelva en última instancia esta situación. Tenemos la razonable esperanza que allí se resuelva en Justicia, no sólo porque legalmente el uso del nombre está permitido para ambas formaciones por el Contrato de Arrendamiento, al estipular que no hay exclusividad, sino –además- porque no podemos siquiera imaginar que nuestro Tribunal Superior impida que la mayoría de quienes integran una sociedad no puedan manifestar ni ejercer su voluntad. Aún si así fuera, eso tampoco produciría la desaparición del Grupo histórico, su identidad, su música reconocida por tantos, y mucho menos extinguiría la voluntad de continuar creando e interpretando como ha sido durante estas cuatro décadas. Finalmente, no es un nombre de fantasía lo que da la identidad, sino la calidad artística y la estética de su música, que ha sido reconocida y distinguida no sólo en Chile sino en diversos países.